28.10.07

Golpe de Estado


La tipología de golpes de Estado es tan variada como rica la imaginación de los golpistas, como nos demuestra la historia política.

Tienen sin embargo en común la intención de impedir el funcionamiento de las instituciones del Estado, o pervertir el mismo, o directamente eliminarlas, sustituyéndolas o no por otras.

Los que varían mucho son los medios puestos en obra para lograr esa finalidad, que van desde los clásicos
pronunciamientos tan reiterados en España a distintas utilizaciones ilegítimas de los ejércitos, hasta el mero golpe palaciego y cortesano. En estas formas de intentar eliminar una institución del Estado tenemos últimamente la aportación de la utilización del incidente de recusación, con solicitud de declaración de la Presidenta de la institución atacada incluida.

Nada sustancialmente distinto a la esencia del golpe de Estado puede descubrirse en el intento del PP, avalado por la firma de sus parlamentarios, de amputar de nuestro sistema democrático una institución de tanta importancia como el Tribunal Constitucional.

Ninguna aspiración de pureza en la justicia constitucional lo inspira, ninguna ansia de ausencia de contaminación.

Lo que se pretende, lisa y llanamente, es impedir que el Tribunal funcione, colocándolo en situación tal que no llegue al mínimo de ocho magistrados necesario para tomar decisiones y, subsidiariamente, que si se mantiene el quórum y el Tribunal puede tomar resoluciones, estén estas tan manchadas de sospecha por el lodo lanzado contra la institución, que carezcan de autoridad alguna.

Esto es pretender una alteración del sistema constitucional. Esto es pretender impedir el funcionamiento del sistema aprobado por los ciudadanos. Esto no es, por tanto, nada distinto a un golpe de Estado.

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